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Trastorno de la conducta alimentaria

¿Se puede hacer un ingreso involuntario de una persona que tiene un trastorno de la conducta alimentaria?

Sí, se puede llevar a cabo un ingreso involuntario de la persona afectada, en función de la edad y la gravedad del trastorno de la conducta alimentaria. Cuando la persona ya es mayor de edad no se la puede obligar, pero si la enfermedad está poniendo en riesgo su vida, ya sea por infrapeso o por conductas suicidas, se puede solicitar un ingreso judicial forzado con el objetivo de evitar que se muera